Los agricultores y empresas de flor cortada y planta ornamental de Chipiona ya pueden solicitar las ayudas de la Junta por el covid-19
Los agricultores y pymes agroalimentarias de Chipiona afectados por la situación generada por el coronavirus ya pueden solicitar las ayudas establecidas por la Junta de Andalucía para una crisis que ha perjudicado a este importante sector de la economía local. La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha publicado en el BOJA del pasado miércoles 7 de octubre 2020 las bases reguladoras de medidas de apoyo urgentes a los agricultores, ganaderos y pymes agroalimentarias de los sectores especialmente afectados por la situación generada por el covid-19. en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia no competitiva y están dirigidas a proporcionar asistencia de emergencia a los agricultores y PYMEs agroalimentarias afectados por la crisis de COVID-19 con el fin de garantizar la continuidad de su actividad empresarial, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, en la cuantía máxima de 50.600.000 euros.
Habrá dos líneas de ayudas. Una para los agricultores y ganaderos a la que se destina una cuantía de 26.200.000 euros y otra para PYMES agroalimentarias que contarán con una inversión de 24.400.000 euros.
La primera línea está destinada a flor cortada, planta ornamental, vacuno de orientación cárnica, vacuno de otra orientación, ovino y caprino y porcino ibérico. La segunda línea esta destinada al sector vitivinícola y bodegas de vino, al sector porcino ibérico: Secaderos de jamones, paletas y embutidos y a los centros de manipulación de flores y plantas ornamentales.
La ayuda consistirá en el pago de una cantidad a tanto alzado que deberá abonarse, a más tardar el 30 de junio de 2021, sobre la base de las solicitudes de ayuda aprobadas
La cuantía de las ayudas se establecerá conforme a los criterios establecidos en el anexo de las bases reguladoras sin que en ningún caso pueda superar la cantidad de 7.000 euros en el caso de que los beneficiarios sean titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas y de 50.000 euros en el caso de PYMEs agroalimentarias.
Las solicitudes se presentarán, de conformidad con los modelos establecidos en los Anexos II y III de la Orden de convocatoria, de forma exclusiva electrónica en el Registro Electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de los enlaces del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de laJunta de Andalucía.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín de Oficial de la Junta de Andalucía.